Estamos viviendo una situación sin precedentes. La pandemia de COVID-19 nos ha obligado a replantearnos, reestructurar, recalibrar y reconsiderar nuestras opciones, todo ello con el fin de garantizar nuestra seguridad. Analicemos algunas consideraciones relacionadas con la igualdad de oportunidades en el empleo (EEO) y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA).

Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)

La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) ha publicado unas directrices que deben seguir los empleadores durante la pandemia, que constituyen excepciones a las normas. Por ejemplo, en general, los empleadores no pueden tomar la temperatura corporal de los empleados, ya que se considera un examen médico.  Sin embargo, durante esta pandemia, los empleadores pueden realizar dichos controles de salud. Los empleadores también pueden preguntar directamente a sus empleados si presentan síntomas similares a los de la gripe, como fiebre o escalofríos y tos o dolor de garganta. La información recopilada está sujeta a los requisitos de confidencialidad de la ADA.

Sabemos que algunas personas pueden correr un mayor riesgo debido a afecciones médicas subyacentes. La EEOC ha reiterado que los empleadores siguen teniendo prohibido pedir a los empleados que revelen si padecen alguna afección médica que, según el Centro para el Control de Enfermedades (CDC), podría hacerlos especialmente vulnerables al COVID-19.  Sin embargo, si un empleado revela voluntariamente que padece una afección médica o discapacidad específica que lo pone en mayor riesgo, el empleador puede pedirle que describa el tipo de asistencia que podría necesitar (por ejemplo, teletrabajo o permiso para acudir a una cita médica).  Tenga en cuenta que, si la pandemia se agrava, es posible que se permita a los empleadores realizar consultas relacionadas con la discapacidad o exigir exámenes médicos a los empleados asintomáticos para identificar a aquellos que corren un mayor riesgo. Consulte con un asesor legal antes de realizar dichas consultas para confirmar que existen tales excepciones.

Durante la pandemia, los empleadores pueden hacer lo siguiente:

  • Fomentar/exigir el teletrabajo;
  • Exigir prácticas de control de infecciones, como lavarse las manos con regularidad, seguir las normas de etiqueta al toser y estornudar, y utilizar y desechar correctamente los pañuelos de papel.
  • Exigir a los empleados que utilicen equipos de protección individual.

Tenga en cuenta que si un empleado con una discapacidad necesita una adaptación razonable relacionada con la ADA (por ejemplo, guantes sin látex), el empleador debe proporcionar dicha adaptación, salvo que ello suponga una dificultad excesiva.

Las directrices anteriores, así como otros temas relacionados, se tratan en detalle en: https://www.eeoc.gov/facts/pandemic_flu.html

Un tema que no se aborda en las directrices de la EEOC es el hecho de que algunas afecciones médicas subyacentes no alcanzan el nivel de discapacidad según la ADA. ¿Siguen estando obligados los empleadores a proporcionar adaptaciones razonables a los empleados que lo soliciten, aunque su afección médica subyacente les exponga a un mayor riesgo de contraer la COVID-19? Técnicamente, no. Pero, ¿realmente desea ser el empleador que defienda esa demanda?

Igualdad de oportunidades en el empleo

Discriminación por raza/origen nacional

Los informes indican que la discriminación contra los asiáticos, en particular contra las personas procedentes de China, está aumentando como consecuencia de la crisis de la COVID-19.  Es recomendable recordar a los empleados su política de no discriminación y subrayar que no se tolerará este tipo de discriminación, ni tampoco el acoso. La declaración de la EEOC sobre este tema se encuentra aquí: https://www.eeoc.gov/eeoc/newsroom/wysk/national_origin_race_discrimination_covid-19.cfm

Discriminación por edad

La EEOC no ha identificado la discriminación por edad como un problema potencial con respecto a la pandemia de COVID-19, pero parece probable que la incidencia de denuncias por discriminación por edad aumente durante esta pandemia.  Los CDC han identificado que la edad avanzada puede ser un factor significativo en el impacto de la contracción de la COVID-19. En consecuencia, los empleadores pueden mostrarse más reacios a contratar a trabajadores del grupo de edad protegido (40 años o más). Los empleadores también pueden ser más propensos a enviar a los trabajadores de más edad a casa, mientras que a los trabajadores más jóvenes se les permite acudir al trabajo. Es probable que estas prácticas se consideren discriminación ilegal.

Tramitación de denuncias ante la EEOC

La EEOC ha modificado su proceso para gestionar las quejas relacionadas con la igualdad de oportunidades en el empleo (EEO), en parte debido al acceso limitado al servicio postal de EE. UU. Las revisiones pueden consultarse en: https://www.eeoc.gov/coronavirus/federal_eeo_processing.cfm

Notas finales

Es probable que la EEOC continúe revisando sus directrices a medida que evolucione la pandemia de COVID-19. Del mismo modo, es probable que cambien las directrices de las autoridades sanitarias públicas, por lo que los empleadores deben seguir atendiendo a la información más actualizada sobre cómo mantener la seguridad en el lugar de trabajo.  Para obtener asistencia técnica completa de la EEOC, consulte: https://www.eeoc.gov/eeoc/newsroom/wysk/wysk_ada_rehabilitaion_act_coronavirus.cfm

 Artículo escrito por Marilynn Schuyler, Schuyler Affirmative Action Practice, en colaboración con el Biddle Consulting Group Institute.

Nota: Nada de lo que se incluye en este artículo pretende ser un consejo legal ni sustituir el asesoramiento profesional sobre las circunstancias particulares de su organización. Todos los materiales originales están protegidos por derechos de autor © Schuyler Affirmative Action Practice 2020.

Nota del Editor: Este post fue publicado originalmente en Circaworks.com. En abril de 2023, Mitratech adquirió Circa, un proveedor líder de software de reclutamiento inclusivo y cumplimiento de OFCCP. El contenido ha sido actualizado desde entonces para reflejar nuestra oferta ampliada de productos, la evolución de las regulaciones de cumplimiento de adquisición de talento y las mejores prácticas en la gestión de RRHH.