El 15 de septiembre de 2017, el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL) anunció un aumento en la tasa del salario mínimo que se pagará a los trabajadores que presten servicios en relación con contratos federales cubiertos por la Orden Ejecutiva 13658, «Establecimiento de un salario mínimo para contratistas».
A partir del 1 de enero de 2018, el salario mínimo que los contratistas cubiertos deben pagar a los trabajadores cubiertos por la Orden Ejecutiva se aumentará de 10,20 dólares por hora a 10,35 dólares por hora. Para los empleados que reciben propinas, el salario mínimo se incrementará de 6,80 dólares por hora a 7,25 dólares por hora. Si el trabajador no recibe suficientes propinas para alcanzar el importe total, el empleador deberá pagarle un salario adicional hasta alcanzar los 10,35 dólares. Tanto la Orden Ejecutiva como las normas de aplicación exigen que el Departamento de Trabajo (DOL) realice revisiones anuales de estas tarifas (https://www.gpo.gov/fdsys/pkg/FR-2017-09-15/pdf/2017-19668.pdf).
Notificación a los empleados y subcontratistas afectados
Los contratistas están obligados a notificar a todos los trabajadores que prestan servicios en relación con un contrato cubierto el salario mínimo aplicable en virtud del Decreto Ejecutivo. Los contratistas con empleados cubiertos por la Ley de Normas Laborales Justas que prestan servicios en relación con un contrato cubierto pueden cumplir con el requisito de notificación colocando el cartel disponible en el Departamento de Trabajo (DOL) en un lugar visible y accesible en el lugar de trabajo.
Además, los contratistas deben notificar a cualquier persona con la que celebren un contrato de nivel inferior y deben incluir en los contratos y subcontratos cubiertos la cláusula de salario mínimo que figura en la normativa. El contratista debe exigir, como condición para el pago, que el subcontratista incluya la cláusula de salario mínimo en cualquier subcontrato de nivel inferior. El contratista principal y cualquier contratista de nivel superior son responsables de garantizar que todos los trabajadores que realicen trabajos relacionados con los contratos cubiertos reciban el salario mínimo.
Fondo
El 12 de febrero de 2014, el presidente Obama firmó la Orden Ejecutiva 13658, «Establecimiento de un salario mínimo para contratistas». Esta orden establece un salario mínimo que se pagará a los trabajadores que presten servicios en relación con un contrato cubierto por el gobierno federal.
Tipos de contratos cubiertos
El salario mínimo de los contratistas se limita a los «contratos e instrumentos similares» adjudicados, renovados, prorrogados o modificados mediante negociación bilateral a partir del 1 de enero de 2015. Además, solo se incluirán los siguientes tipos de contratos o instrumentos similares:
- Contratos principales para adquisiciones relacionadas con la construcción cubiertos por la Ley Davis-Bacon (DBA) cuyo valor monetario supere los 2000 dólares.
- Contratos principales para la prestación de servicios cubiertos por la Ley de Contratos de Servicios (SCA) cuyo valor monetario supere los 2500 dólares.
- Contratos principales para adquisiciones cubiertos por la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA) cuyo valor monetario supere los 3000 dólares.
- Contratos de concesión, independientemente de su valor monetario; y
- Contratos relacionados con propiedades o terrenos federales y relacionados con la prestación de servicios a empleados federales, sus dependientes o el público en general.
Tipos de actividades cubiertas
Si se determina que una empresa tiene un contrato cubierto con el gobierno federal, está obligada a pagar el salario mínimo del contratista a los siguientes empleados cuyo trabajo está «cubierto» por la norma definitiva:
- Los empleados que tienen derecho al salario mínimo en virtud del artículo 6(a)(1) de la FLSA, los empleados cuyos salarios se calculan de conformidad con certificados especiales expedidos en virtud del artículo 14(c) de la FLSA y los empleados que reciben propinas en virtud del artículo 3(t) de la FLSA.
- Los empleados del sector servicios que tienen derecho a los salarios vigentes en virtud de la SCA; y
- Trabajadores y mecánicos que tienen derecho a los salarios vigentes según el DBA.
Los empleados mencionados anteriormente se considerarán «cubiertos» si realizan «trabajos relacionados con» un contrato cubierto. Se considerará que un empleado realiza trabajo «en» un contrato cubierto si «realiza directamente servicios específicos exigidos por los términos del contrato». Se considerará que un empleado realiza trabajo «en relación con» un contrato cubierto si realiza «actividades laborales necesarias para los servicios específicos exigidos por los términos del contrato».
Contratos y empleados excluidos
Quedan excluidos de la normativa sobre el salario mínimo:
- Subvenciones en el sentido de la Ley Federal de Subvenciones y Acuerdos de Cooperación;
- Contratos, acuerdos y subvenciones con tribus indígenas en virtud de la Ley de Autodeterminación y Asistencia Educativa de los Indígenas.
- Contratos de adquisición para obras de construcción no cubiertos por el DBA; y
- Contratos de servicios exentos de la SCA.
Con respecto a los empleados excluidos, excepto los trabajadores que están cubiertos por la DBA o la SCA, los requisitos de salario mínimo no se aplican a aquellos que no tienen derecho al salario mínimo según la FLSA. Algunos de los empleados excluidos son:
- Estudiantes, aprendices y mensajeros;
- Estudiantes; y
- Personas empleadas en puestos ejecutivos, administrativos o profesionales de buena fe.
Las regulaciones también excluyen de sus requisitos a los trabajadores cubiertos por la FLSA que realizan «en relación con» contratos cubiertos menos del 20 % de sus horas de trabajo en una semana laboral determinada. Esta exclusión no se aplica a los trabajadores que «realizan» un contrato cubierto cuyos salarios se rigen por la FLSA, la SCA o la DBA. Se considerará que un trabajador realiza un contrato cubierto si participa directamente en la prestación de servicios o la construcción especificados en el contrato. Por ejemplo, todos los obreros y mecánicos que trabajen en la construcción de un edificio público se considerarán que realizan un contrato cubierto y, por lo tanto, tendrán derecho al salario mínimo. Por otro lado, los empleados excluidos serían aquellos que no realizan la construcción debido a la naturaleza de sus tareas no físicas y/o porque no están presentes en el lugar de trabajo, como un conserje que realiza tareas de limpieza fuera del lugar de trabajo.
Para que un contratista pueda excluir a sus empleados, debe mantener registros que muestren las horas trabajadas por dichos empleados, o proporcionar otras pruebas que demuestren las horas trabajadas en relación con el contrato cubierto.
Procedimientos de ejecución
Cualquier persona o entidad que considere que se ha producido una infracción de la Orden Ejecutiva o de sus reglamentos de aplicación puede presentar una reclamación ante la División de Salarios y Horas (WHD) del Departamento de Trabajo. Los reglamentos contienen un mecanismo para las investigaciones de la WHD y la resolución informal de reclamaciones, según proceda; también especifican las medidas correctivas y las sanciones por infringir la Orden Ejecutiva y sus reglamentos de aplicación, incluido el pago de salarios atrasados y la inhabilitación.
Recursos adicionales
En la página web del Departamento de Trabajo (DOL) se puede encontrar una copia de la orden ejecutiva, preguntas frecuentes y el cartel obligatorio.
La información contenida en este artículo tiene fines meramente informativos y no pretende proporcionar asesoramiento jurídico. Debe ponerse en contacto con su abogado para obtener asesoramiento sobre cualquier cuestión o problema concreto.
Nota del Editor: Este post fue publicado originalmente en Circaworks.com. En abril de 2023, Mitratech adquirió Circa, un proveedor líder de software de reclutamiento inclusivo y cumplimiento de OFCCP. El contenido ha sido actualizado desde entonces para reflejar nuestra oferta ampliada de productos, la evolución de las regulaciones de cumplimiento de adquisición de talento y las mejores prácticas en la gestión de RRHH.