¿Dónde deben informar los departamentos de Cumplimiento y Ética?

¿Cómo puede establecerse esto en su organización? Michael Rasmussen nos da su opinión.

Michael Rasmussen

Michael RasmussenTener una opinión sobre dónde deben reportar el cumplimiento y la ética corporativos fuera de lo legal es como la secuencia de apertura de Indiana Jones: En busca del arca perdida.

Indiana se abre paso con cuidado por la jungla, mientras sus colegas caen en las trampas. Pero Indy es cauto y experimentado. Se adentra en la jungla siguiendo su mapa para encontrar las cavernas con el antiguo artefacto. Navega por las trampas de la caverna para conseguir el tesoro, trabaja meticulosamente. Encuentra el ídolo de oro y entonces se desata el caos.

La caverna empieza a derrumbarse, le traicionan, le tienden trampas mientras corre, la enorme roca se desploma tras él, los nativos del lugar le persiguen hasta su avión. A duras penas escapa con vida.

Tener la opinión de que el cumplimiento y la ética deben informar fuera del área legal tiende a molestar a algunos de los nativos del área legal. A pesar de la cautela, la elaboración cuidadosa del argumento y la presentación, algunos nativos del área jurídica se sienten molestos porque acabas de sacudir sus dominios.

Puede que lo hayan adivinado, pero soy partidario de que el cumplimiento y la ética corporativos deben informar fuera del ámbito jurídico y tener líneas directas de comunicación con los altos ejecutivos y el consejo de administración.

Dicho esto, conozco muchos programas corporativos de cumplimiento y ética que están muy bien estructurados, madurados y funcionan bien desde el punto de vista legal. No lo niego.

Michael Rasmussen es el fundador de GRC 20/20 Research, LLC, y un experto reconocido internacionalmente en gobernanza, gestión de riesgos y cumplimiento normativo. Es un conferenciante, autor y asesor muy solicitado y se le conoce como el "padre de la GRC", ya que fue el primero en definir y modelar el mercado de la GRC en 2002, cuando trabajaba en Forrester.

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Mi posición es una posición ideológica. Lo jurídico, en su esencia, tiene el deber de negar y proteger a la organización. El cumplimiento y la ética, en su esencia, tienen el deber de descubrir y solucionar. Mientras que el cumplimiento y la ética pueden funcionar bien bajo lo legal en muchas organizaciones, ideológicamente se enfrenta a un choque y a un conflicto que puede aflorar en la organización.

Un 50/50 en informes sobre ética y cumplimiento

Esta es una preocupación de las fuerzas de seguridad y los reguladores. En los últimos 15 años, hemos visto una serie de decretos de consentimiento, acuerdos de enjuiciamiento diferido, acuerdos de no enjuiciamiento y acuerdos de integridad corporativa que han exigido que el cumplimiento y la ética informen fuera del ámbito legal. La Comisión de Sentencias de EE.UU. utiliza los informes de cumplimiento en las sentencias penales de las organizaciones en materia de cumplimiento.

El lugar donde se informa sobre el cumplimiento y la ética es una consideración importante. En los últimos años, según mis investigaciones, se divide al 50%. En aproximadamente el 50% de las organizaciones , el cumplimiento y la ética informan al departamento jurídico, y en el otro 50%, fuera del departamento jurídico.

Reconociendo que hay buenos programas de cumplimiento dentro del departamento jurídico, abogo por que las organizaciones tengan un informe de cumplimiento y ética fuera del departamento jurídico (pero que tenga una fuerte relación con el departamento jurídico). No sólo para satisfacer a las fuerzas del orden y a los reguladores, sino para tener un programa sólido que tenga su propio presupuesto, líneas de responsabilidad y pueda tener acceso directo y sin restricciones al consejo de administración y a los ejecutivos.

Es esencial apoyar un programa de cumplimiento y ética

Con la naturaleza dinámica, distribuida y perturbada de los negocios de hoy en día, es esencial que las organizaciones de todos los sectores y de diversos tamaños cuenten con un programa de cumplimiento y ética financiado y estructurado que sea responsable de guiar y desarrollar una cultura de integridad en torno a los valores, la ética, los compromisos y la integridad declarados de la organización. Si pudiera cambiar el nombre del Director de Ética y Cumplimiento (CECO) sería Director de Integridad (aunque el acrónimo entra en conflicto con el de Director de Información).

En una era en la que las organizaciones de todo el mundo se enfrentan a la presentación de informes sobre ASG, que afectan a la integridad medioambiental, social y de gobernanza, los departamentos de cumplimiento y ética tendrán más responsabilidades a la hora de liderar los ASG y supervisar y mantener la integridad de la organización en su conducta y operaciones internas, pero también en toda la empresa.

Esto no significa que haya un muro entre el cumplimiento y la asesoría jurídica, ya que tiene que haber colaboración. En una gran organización mundial en la que trabajé como asesor, había una estrecha colaboración con distintas funciones que trabajaban juntas.

Dentro del departamento jurídico estaba el cumplimiento legal, que supervisaba las leyes y reglamentos y los interpretaba y aplicaba al contexto específico de la organización. Luego estaba el cumplimiento operativo, al margen del jurídico, en el que el CECO era responsable de la gestión diaria del cumplimiento en todas las operaciones y el desarrollo de la actividad e informaba a los altos ejecutivos y al consejo de administración. Ese era un modelo que me gustaba especialmente, que abordaba las preocupaciones y establecía un enfoque de colaboración que implicaba al departamento jurídico y respondía a sus preocupaciones.

El mundo no es blanco o negro, pero hay matices de gris. En su organización, puede haber muy buenas razones para que el cumplimiento y la ética informen al departamento jurídico. Me encantaría conocer su opinión sobre esta difícil cuestión a la que se enfrentan muchas organizaciones en la actualidad.

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