Jamal es un empleado con una discapacidad motora que utiliza muletas para caminar. Como beneficio de la empresa, los empleados disponen de aparcamiento en el garaje adyacente al edificio. Sin embargo, se asignan por orden de llegada. Jamal suele llegar temprano para poder aparcar en una plaza accesible cerca del ascensor. Últimamente, cuando llega, todas las plazas de aparcamiento accesibles están ocupadas. Como resultado, Jamal ha tenido que aparcar en una plaza alejada del ascensor. Cuando llega a su escritorio, está agotado. Ha solicitado una plaza de aparcamiento reservada y accesible cerca de los ascensores como adaptación. Como empleador, ¿qué debe hacer? La respuesta es: «depende».

En el Centro ADA del Sureste recibimos con frecuencia preguntas sobre situaciones similares. Se trata de una cuestión compleja que requiere una evaluación de las circunstancias individuales.

En primer lugar, es importante comprender que la obligación del empleador de proporcionar una plaza de aparcamiento reservada como adaptación razonable para un trabajador con discapacidad es diferente de las obligaciones que tiene en virtud del Título III de la ADA (Alojamiento público) de proporcionar un número específico de plazas de aparcamiento accesibles para el público en general, incluidos sus empleados y clientes.  El número de plazas de aparcamiento accesibles se basa en el número total de plazas de todo el aparcamiento. Los empleados y los clientes utilizan las mismas plazas accesibles, que se asignan por orden de llegada. Sin embargo, si no se satisfacen las necesidades de aparcamiento de un empleado con discapacidad, el empleador debe considerar el aparcamiento preferencial como una posible adaptación razonable.

Por ejemplo, un empleador es propietario de una tienda minorista con un gran estacionamiento. Una de sus empleadas tiene una afección que limita su resistencia, lo que le dificulta caminar largas distancias. Es posible que no necesite un pasillo accesible, pero sí un espacio cerca de la entrada con un letrero que indique que está reservado para una empleada específica.
Las posibles soluciones incluyen permitirle aparcar en un lugar no disponible para el público o reservarle un espacio cerca de la entrada con un letrero que indique que ese espacio está reservado para ella.

Veamos otro ejemplo. Un empleador tiene estacionamientos separados para empleados y clientes. Los empleadores y las empresas pueden imponer restricciones en los estacionamientos. También pueden tener estacionamientos diferentes para distintos grupos, siempre y cuando se garantice la accesibilidad para todos los grupos. Si hay un estacionamiento «solo para empleados», debe tener el número mínimo de plazas accesibles requerido. También debe tener una ruta accesible hacia cualquier lugar al que se dirijan los empleados.

Las solicitudes de adaptación para disponer de una plaza de aparcamiento reservada en el aparcamiento «para empleados» se evalúan de la misma manera que se ha explicado anteriormente. La obligación de proporcionar adaptaciones razonables individualizadas a los empleados es una capa adicional a los requisitos básicos de acceso al aparcamiento.

El estacionamiento como adaptación se complica cuando un empleador no proporciona estacionamiento a los empleados. No existe una respuesta clara a la pregunta de si es obligatorio proporcionar estacionamiento a los empleados con discapacidades cuando no se proporciona estacionamiento. El estacionamiento como adaptación es un tema de debate entre los empleados, los empleadores y los tribunales. Muchos argumentarían que la ADA realmente solo exige que el empleador ofrezca igualdad de oportunidades en cuanto a las condiciones, los beneficios y las instalaciones que proporciona a todos los empleados. En este caso, algunos argumentan que si no se proporcionara estacionamiento a nadie, el empleador no tendría la obligación de proporcionarlo a un trabajador con discapacidad. Sin embargo, al menos un tribunal del estado de Nueva York dictaminó que un empleador tenía la obligación de proporcionar estacionamiento pagado en un garaje a un empleado con discapacidad, aunque no proporcionara estacionamiento a los empleados en general.  El tribunal razonó que proporcionar aparcamiento era la única forma en que el empleado podía acudir al trabajo. (Tribunal de Apelación de los Estados Unidos para el Segundo Circuito. Expediente n.º 95-7030. Beth Lyons contra The Legal Aid Society).

¿Cuáles son los requisitos de adaptación cuando un empleador alquila un espacio en un estacionamiento y proporciona estacionamiento a los empleados en esas instalaciones? ¿Quién es responsable, el empleador o el propietario del estacionamiento, de proporcionar estacionamiento como adaptación para un empleado con discapacidad?

El empleador es siempre la entidad responsable de adaptarse a las necesidades de sus empleados.  El propietario u operador del estacionamiento puede tener obligaciones en virtud de los Títulos II o III de la ADA en cuanto a garantizar que el estacionamiento sea accesible y cuente con un número adecuado de plazas de estacionamiento accesibles que se encuentren en una ruta accesible. Sin embargo, el propietario del estacionamiento no tiene ninguna obligación adicional de proporcionar una adaptación razonable al empleado de otra persona. Dependiendo de las necesidades de cada trabajador, el empleador puede acordar con el aparcamiento el pago de una tarifa adicional o la realización de modificaciones en el aparcamiento, como el repintado de las líneas, la señalización, etc., para que el empleador pueda cumplir con su obligación de adaptarse al trabajador.

Cada solicitud de adaptación debe analizarse caso por caso en relación con las dificultades excesivas.  La mejor práctica para los empleadores que reciben una solicitud de un empleado con discapacidad para obtener un estacionamiento como adaptación es iniciar el proceso interactivo lo antes posible. Recopilar información sobre las necesidades del empleado, revisar las políticas de estacionamiento actuales y determinar si la solicitud es razonable y no da lugar a una dificultad excesiva.

A medida que nuestra plantilla envejece, aumentará la probabilidad de que los empleados necesiten adaptaciones razonables, incluido el aparcamiento. Los profesionales de recursos humanos estarán mejor preparados si comprenden cómo abordar de forma proactiva estas solicitudes en beneficio de su plantilla.

Recursos
Guía práctica para empleadores sobre adaptaciones razonables según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades
http://askjan.org/Erguide/Three.htm

Guía sobre adaptaciones razonables para el estacionamiento de empleados (ejemplo de política de estacionamiento)
http://odr.dc.gov/book/manual-accommodating-employees-disabilities/employee-parking-reasonable-accommodation-guidance

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Nota del Editor: Este post fue publicado originalmente en Circaworks.com. En abril de 2023, Mitratech adquirió Circa, un proveedor líder de software de reclutamiento inclusivo y cumplimiento de OFCCP. El contenido ha sido actualizado desde entonces para reflejar nuestra oferta ampliada de productos, la evolución de las regulaciones de cumplimiento de adquisición de talento y las mejores prácticas en la gestión de RRHH.