Los peligros del lenguaje contractual oculto en los contratos con proveedores

Puede que haya detalles que se le pasen por alto, o que estén ocultos, y que se conviertan en gastos inesperados.

Los peligros del lenguaje contractual oculto

En la última década, la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB) se ha centrado más en proteger a los consumidores de posibles daños. Esto ha dado lugar a un mayor escrutinio de los actos o prácticas injustos, engañosos o abusivos (UDAAP).

Las UDAAP son un aspecto clave del cumplimiento normativo por parte de los consumidores y siguen siendo un punto central de la regulación. Esta normativa se dirige a las empresas que ofrecen productos o servicios financieros a los consumidores.

Un requisito fundamental de la UDAAP establece que los contratos deben informar claramente a los clientes de las disposiciones que permiten cambios en los términos y condiciones del producto o servicio. Lamentablemente, algunos proveedores incluyen cláusulas ocultas en los términos y condiciones de sus contratos.

¿Qué podría ser injusto y engañoso en los términos y condiciones de su proveedor? ¡Conocer la normativa es el primer paso!

¿Cuál es la diferencia entre injusto y engañoso?

Según la Ley Dodd-Frank, una práctica comercial es desleal si se dan tres elementos:

  • Causa o puede causar un perjuicio sustancial a los clientes (monetario o no monetario).
  • El cliente no puede evitar razonablemente la lesión.
  • No existen otros beneficios para los consumidores o la competencia que justifiquen el acto o la práctica.

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Infografía: Directrices para la incorporación eficaz de proveedores

Mitigar los riesgos al tiempo que se establecen sólidas relaciones con los proveedores.

Para que una práctica comercial sea engañosa, deben darse estos tres elementos:

  • Una representación u omisión de hechos que induzca o pueda inducir a error al cliente, independientemente de si se ha realizado con buenas intenciones o sin malicia.
  • La interpretación del cliente es razonable dadas las circunstancias.
  • La representación, omisión, acto o práctica engañosa es «material».

La ley federal protege a las empresas que operan en el ámbito del comercio entre empresas y consumidores (B2C) mediante disposiciones sobre la naturaleza del lenguaje utilizado en los términos y condiciones. Sin embargo, estas protecciones no se aplican a los contratos entre empresas (B2B). La CFPB solo tiene en cuenta las prácticas abusivas en relación con los consumidores.

Lea la letra pequeña.

No leer la letra pequeña es un error. Algunos proveedores incluyen un hipervínculo a una página de términos y condiciones en su sitio web como parte del proceso de ejecución del contrato. Se trata simplemente de una página que los clientes no suelen leer. Si lo hacen, a menudo no la leen con suficiente atención.

Obviamente, se trata de un descuido peligroso. No revisar minuciosamente un documento legalmente vinculante podría dar lugar a lagunas jurídicas, revisiones de última hora, cláusulas de renovación automática y obligaciones financieras.

¿Por ejemplo? Un contrato puede contener una cláusula que prohíba al cliente rescindirlo por causa justificada. En tales circunstancias, su empresa deberá seguir pagando aunque el proveedor no preste los servicios prometidos.

Es evidente que una cláusula de este tipo es injusta y engañosa. Puede causar un perjuicio económico considerable. También es engañoso que un proveedor minimice la importancia de la página de términos y condiciones de su sitio web. Sin embargo, las definiciones imprecisas de «injusto» y «engañoso» en la normativa UDAAP suponen un reto. En última instancia, las posibles infracciones se interpretan caso por caso.

Sin la garantía de las protecciones normativas, ya sea debido a su relación B2B o a las definiciones amplias, cuando inicie una relación con un proveedor, recuerde buscar a fondo cualquier cláusula oculta. Revise minuciosamente la página de términos y condiciones para poder proteger a su organización.

Proteja su negocio

¿Otra medida que debería adoptar una organización, especialmente a medida que los entornos de riesgo se vuelven más complejos, al igual que las redes de proveedores? Emplear una solución de gestión de riesgos de proveedores (VRM) en la que pueda confiar para revisar los contratos al incorporar a un proveedor. Aproveche la experiencia de la solución para:

  • Negociación de contratos
  • Identificar las cláusulas contractuales que deben incluirse o excluirse.
  • Buscar proveedores alternativos cuando sea necesario.

Una solución VRM puede simplificar y reducir los riesgos dentro de su proceso de gestión de contratos. Con flujos de trabajo automatizados, un amplio servicio de consultoría y experiencia en externalización, obtendrá una comprensión completa de los contratos con los proveedores.

No sea víctima de un contrato poco claro. Manténgase alerta y lea —y relea— el documento.

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