Un tribunal de distrito dicta una medida cautelar y un aviso de la OFCCP para detener la aplicación de la OE 13950

Orden judicial por la que se prohíbe a la OFCCP aplicar, hacer cumplir o ejecutar el artículo 4 de la Orden ejecutiva 13950.

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El 22 de diciembre de 2020, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California emitió una orden judicial preliminar a nivel nacional que prohíbe a la Oficina de Programas de Cumplimiento de Contratos Federales (OFCCP) implementar, hacer cumplir o hacer efectiva la sección 4 de la Orden Ejecutiva 13950 (EO 13950), que es una controvertida directiva federal que prohíbe la formación sobre diversidad en el lugar de trabajo "divisiva" llevada a cabo por contratistas federales.

Según la jueza de distrito Beth Labson Freeman, de San José, las restricciones de la orden ejecutiva a contratistas y subvenciones probablemente violan las protecciones de la Constitución de EE.UU. en materia de libertad de expresión y garantías procesales.

Una vez promulgada la OE 13950, la OFCCP adoptó numerosas medidas de ejecución: publicó un documento de preguntas frecuentes, publicó una solicitud de información (RFI) en el registro federal y organizó una convocatoria de partes interesadas el 20 de octubre de 2020 para aclarar la finalidad de la OE 13950 y responder a las preguntas planteadas por los contratistas. Además, establecieron una línea directa para recibir e investigar las denuncias.

Incluso cuando la OFCCP empezó a aplicar medidas de ejecución, los opositores y los contratistas impugnaron la orden. Dos organizaciones, la Liga Urbana Nacional y un centro que presta servicios a la comunidad LGBT de Santa Cruz, presentaron demandas para que se anulara la orden, alegando que ésta obligaba inconstitucionalmente a los contratistas a elegir entre su derecho a la libertad de expresión, amparado por la Primera Enmienda, y la obtención de un contrato federal. También alegaron que la orden ejecutiva es tan vaga que no notifica qué discurso está sujeto a sanción, en violación de la Cláusula del Debido Proceso de la Quinta Enmienda.

Al final, el Tribunal de Distrito estuvo de acuerdo, considerando que el requerimiento judicial preliminar estaba justificado en virtud tanto de la Primera como de la Quinta Enmienda.

En respuesta a la medida cautelar, que entra en vigor inmediatamente, la OFCCP publicó un aviso en el que declaraba que cumpliría la medida cautelar de las siguientes maneras:

  • Dejar de utilizar cualquier línea directa para recabar información relativa al presunto incumplimiento de la OE 13950 por parte de los contratistas.
  • Cesar la investigación de cualquier presunto incumplimiento de la OE 13950.
  • Mantener en suspenso las denuncias ya recibidas y no adoptar ninguna medida de ejecución como consecuencia del presunto incumplimiento.
  • Evitar la publicación de solicitudes de información adicionales sobre la formación en materia de diversidad impartida por los contratistas a sus empleados.
  • Abstenerse de exigir a los contratistas y subcontratistas federales que incluyan en los subcontratos u órdenes de compra disposiciones que obliguen a sus subcontratistas y proveedores a cumplir los términos de la Sección 4(a) de la OE 13950.

La OFCCP se apresuró a cerrar la totalidad del programa de la OE 13950 que había estado aplicando. Además, es probable que una vez que la administración Biden esté en su lugar esta orden ejecutiva impopular sea rescindida.

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Nota del Editor: Este post fue publicado originalmente en Circaworks.com. En abril de 2023, Mitratech adquirió Circa, un proveedor líder de software de reclutamiento inclusivo y cumplimiento de OFCCP. El contenido ha sido actualizado desde entonces para reflejar nuestra oferta ampliada de productos, la evolución de las regulaciones de cumplimiento de adquisición de talento y las mejores prácticas en la gestión de RRHH.